APLICAR LAS BONIFICACIONES EN LOS SEGUROS SOCIALES
Martes, 24 de Enero de 2012 10:38
APLICAR LAS BONIFICACIONES EN LOS SEGUROS SOCIALES.
Para que las empresas puedan realizar las bonificaciones en los seguros sociales, las Entidades Organizadoras deben mecanizar los participantes finalizados, introducir los costes, el mes y cantidad a bonificar. Posteriormente darle a comunicar finalización, aceptar y firmar la comunicación. Otro requisito es que la empresa se encuentre al corriente de pago en sus obligaciones de cotización a la seguridad social.
Las empresas deberán practicarse la bonificación en las cuotas de la seguridad social una vez hayan cumplimentado los costes y hayan notificado la finalización de la formación. El plazo para poder aplicarse dichas bonificaciones concluye el último día hábil de enero 2012 para poder presentar el boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre de 2011.
Las bonificaciones por formación sólo podrán deducirse en las liquidaciones normales, por lo tanto, quedan excluidos los pagos que se hayan podido realizar por otros conceptos (ej: apremios, ejecución de sentencias, etc...). Es importante señalar que las bonificaciones por la totalidad del grupo o grupos de formación podrán aplicarse en los boletines de cotización de cualquier código de cuenta de cotización.